28/11/10

ECUADOR: JUEZ CONSTITUCIONAL DICTA MEDIDA CAUTELAR CONTRA RESOLUCION DEFENSORIAL



Estimados Amigos:

He recibido algunos mensajes preguntandome porque ando desaparecida del blog; sinceramente las ocupaciones laborales me han tenido un poco apartada pero al conocer hace una semana de esta noticia no puedo dejar de compatirla con ustedes.

Hace mas de un año, despues de haberse impulsado por organizaciones de Quito preocupadas por el tema de la violencia contra la niñez y bienestar animal una queja ante la Defensoria del Pueblo, el doctor Fernando Gutierrez en un resolucion dispuso la prohibicion de ingreso a los niños y niñas a los espectaculo taurinos a nivel nacional.

La motivación de dicha resolución se fundamenta principalmente en la violencia que genera dicho espectaculo, muerte, agonia, sufrimiento de un animal.

Años anteriores se habian interpuesto algunas acciones respecto al tema en cuestión; sin embargo, por ciertos intereses no habia sido considerado, es así que a partir de la vigencia de la nueva Constitución, de conformidad con el artículo 1, el Ecuador es un Estado de Derechos y Justicia, donde primará ante todo el resperto a los Derechos Fundamentales que enuncia nuestra constitución, asi como los contenidos en convenios e instrumentos internacionales de los derechos humanos.

Desde hace tiempo esta resolución se habia convertido en la "piedra en el zapato" de los organizadores de los espectaculo taurinos, quienes ante la proximidad de las fiestas de quito tuvieron que recurrir al artificio juridico de interponer una medida cautelar contra dicha resolución, la misma que le correspondio conocer a un Juez de lo Civil de San Miguel de los Bancos.

De su motivación para conceder la medida cautelar solicitada por dichas empresas, se encuentra la patria potestad que gozan los padres de los hijos para disponer o decidir sobre sus hijos, así como la cultura y tradicion que goza esta fiesta taurina, particular que se habria coartado al momento de emitir la resolucion defensorial mencionada.

Ninguno de estos dos argumentos puede ser considerado decisivo al momento de "ponderar" derechos como aquel que primará sobre niños y niñas frente a la violencia, por así establecerlo expresamente los Convenios Internacionales sobre los Derechos de los Niños, así como la normativa interna, Código de la Niñez y Adolescencia.

Si el espactaculo taurino es violento, cuestion que es innegable, jamás podría un niño o niña del Ecuador participar del mismo, ni a pretexto que el padre o madre asi lo desee, caso contrario, el Estado debe intervenir como así lo hace para regular determinadas actividades nocivas, prohibir el consumo de bebidas alcoholicas a menor de edad, censurar peliculas, etc.

El Estado no puede ser indiferente ante esta realidad, debe intervenir para impedir que la violencia llegue a los niños y niñas e influya en su formación.

Felizmente, hace pocos dias, frente a la medida cautelar que considero no fue analizada utilizando el metodo interpretativo de la "ponderacion", se presento una Acción de Proteccion en la ciudad de Quito por parte de la Defensoria del Pueblo y el juez la ha concedido, haciendo prevalecer los derechos de los niños y niñas del Ecuador.

Este como muchos otros temas debe ser analizado con madurez juridica, a tono con el tiempo y las circunstancias que nos exije la sociedad, pues recordemos que la sentencias que emiten los jueces, son el resultado del anhelo popular, de aquello que esperamos cuando exponemos ante los juzgadores nuestros conflictos, de alli que cada caso debe ser analizada acorde a los tiempos que vivimos.

Tal es así que hace pocos dias el Consejo de la Judicatura anuncia el funcionamiento de los Juzgados de los Derechos de la Naturaleza, lo cual significa que estamos avanzando en estos temas, particular que se encuentra claramente enunciado en nuestra Constitución y del cual seguramente saldran nuevas ideas y proyectos en favor de los animales y su bienestar, asi como de la comunidad a quien el tema ambiental les preocupa.

Un abrazo para todos y una excelente semana.

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